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Introducción

Si eres una persona adjudicataria de una vivienda de protección oficial en régimen de compra en propiedad o derecho de superficie y por determinadas circunstancias, estás pensando en venderla, en primer lugar debes saber que toda vivienda que esté calificada como VPO deberá respetar siempre un proceso de venta específico, en el cual están claramente definidos, tanto los requisitos a dar por el adquiriente como los límetes de precio máximo de venta que se pueden aplicar.

No obstante, debes tener en cuenta que el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes podrá ejercer siempre los derechos de tanteo y adquirir la VPO, emitiendo la oportuna orden del Consejero que será debidamente notificada, con el régimen de recursos que proceda.

Tan sólo en el caso de que el Gobierno Vasco no ejecute este derecho de tanteo, cosa que en la actualidad no se produce, sería posible continuar con la venta de la VPO.