Subvenciones al desarrollo de actividades en el ámbito de la Difusión del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Cultura ÓRGANO GESTOR Dirección de Patrimonio Cultural OBJETO
El objeto de la presente Orden es establecer y regular la concesión de Subvenciones destinadas a la ejecución de actividades de Difusión del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi. DESTINATARIOS/AS
Podrán solicitar la concesión de las Subvenciones reguladas en la presente Orden, las entidades públicas y privadas de la CAV que, puntualmente o con un carácter más general, realicen actividades de Difusión de las áreas que el artículo siguiente establece y hayan justificado las ayudas concedidas para el mismo objeto por esta Administración en los ejercicios anteriores, condicionándose la concesión y el pago de la subvención, en el caso de que se haya dado inicio y se tramite un procedimiento de reintegro o sancionador por no justificar ayudas de ejercicios anteriores, a la terminación de dicho procedimiento. DOTACIÓN ECONÓMICA
129.929.002 ptas (780.889,03 Euros).
ORDEN de 4 de abril de 2001, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2001 la Orden por la que se convocan las Subvenciones al desarrollo de actividades en el ámbito de la Difusión del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi. PERSONAS DE CONTACTO
Mari Jose Arostegui DOCUMENTACIÓN A APORTAR
1.– Las personas y entidades solicitantes de las subvenciones al amparo de la presente Orden, deberán dirigir las solicitudes, según el modelo del anexo I, junto con la documentación en el mismo exigida, al Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes y presentarlas en la Dirección de Patrimonio Cultural, sita en la calle Donostia-San Sebastián número 1 (01010 Vitoria-Gasteiz), bien directamente o bien por cualquier procedimiento previsto al efecto en la vigente Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 24/04/2001 - 23/05/2001 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
UNIDAD TERRITORIAL DE CULTURA DE ALAVA UNIDAD TERRITORIAL DE CULTURA DE BIZKAIA UNIDAD TERRITORIAL DE CULTURA DE GIPUZKOA DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES
Inicio, Instrucción y Resolución. ÓRGANO QUE RESUELVE Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes PLAZO DE RESOLUCIÓN Tres meses, a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES
No hay. No hay OBSERVACIONES No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 23/04/01 |