Ayudas a la producción editorial en euskara y la traducción del libro vasco 2004.

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Cultura

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Creación y Difusión Cultural

OBJETO

La presente Orden convoca y establece para el año 2004, el régimen de subvenciones a la producción editorial en euskera y de ayudas para traducciones a otras lenguas de obras literarias originales en euskera y de obras en castellano de autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca

DESTINATARIOS/AS

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en est Orden todas aquellas empresas editoriales, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad editorial dentro del marco exclusivo de desarrollo de su actividad social y que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

DOTACIÓN ECONÓMICA

Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, durante el presente ejercicio 2004, la cantidad de 669.280,00 euros..

El importe global se desglosa de la siguiente manera:

a) Ayudas a la producción editorial en euskera: 514.000,00 euros.

b) Ayudas a la traducción: 155.280,00 euros.

El importe global de las cantidades consignadas podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Cultura y con carácter previo a la resolución de las mismas. De tal circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes

ORDEN de 19 de mayo de 2004, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden de concesión de ayudas a la producción editorial en euskara y la traducción del libro vasco.

ORDEN de 8 de octubre de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se regula la concesión de ayudas a la producción editorial en euskera y la traducción del libro vasco.

PERSONAS DE CONTACTO

Mikel Arenaza
Tlf.: 945.01.94.71
m-arenaza@ej-gv.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Las solicitudes se realizarán según los Anexos y la documentación en ellos exigida.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

Producción editorial: 19/06/2004 al 30/11/2004
Traducción: 19/06/2004 al 19/07/2004

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE ALAVA
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz

SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE BIZKAIA
Gran Vía, 85
48011 Bilbao

SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE GIPUZKOA
Andia, 13
20004 Donostia-San Sebastián

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

Inicio, Instrucción y Resolución.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Dos meses desde la presentación de la solicitud.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución NO pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

No hay

OBSERVACIONES

No hay

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 18/06/2004