Ayudas a la producción editorial en euskara y la traducción del libro vasco 2004. DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Cultura ÓRGANO GESTOR Dirección de Creación y Difusión Cultural OBJETO
La presente Orden convoca y establece para el año 2004, el régimen de subvenciones a la producción editorial en euskera y de ayudas para traducciones a otras lenguas de obras literarias originales en euskera y de obras en castellano de autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca DESTINATARIOS/AS
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en est Orden todas aquellas empresas editoriales, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad editorial dentro del marco exclusivo de desarrollo de su actividad social y que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria. DOTACIÓN ECONÓMICA
Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, durante el presente ejercicio 2004, la cantidad de 669.280,00 euros.. El importe global se desglosa de la siguiente manera: a) Ayudas a la producción editorial en euskera: 514.000,00 euros. b) Ayudas a la traducción: 155.280,00 euros. El importe global de las cantidades consignadas podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Cultura y con carácter previo a la resolución de las mismas. De tal circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes
ORDEN de 19 de mayo de 2004, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden de concesión de ayudas a la producción editorial en euskara y la traducción del libro vasco. ORDEN de 8 de octubre de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se regula la concesión de ayudas a la producción editorial en euskera y la traducción del libro vasco. PERSONAS DE CONTACTO DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Las solicitudes se realizarán según los Anexos y la documentación en ellos exigida. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES Producción editorial: 19/06/2004 al 30/11/2004 Traducción: 19/06/2004 al 19/07/2004 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE ALAVA SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE BIZKAIA SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE GIPUZKOA DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES
Inicio, Instrucción y Resolución. ÓRGANO QUE RESUELVE Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes. PLAZO DE RESOLUCIÓN
Dos meses desde la presentación de la solicitud. EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución NO pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES No hay OBSERVACIONES
No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 18/06/2004 |