Premios Emakunde - 2004 DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO EMAKUNDE - Instituto Vasco de la Mujer ÓRGANO GESTOR Instituto Vasco de la Mujer OBJETO Impulsar la creación de corrientes de opinión y de mentalización sobre la situación de desigualdad en que se encuentran, todavía, las mujeres en Euskadi, reconociendo la labor de aquellas Entidades o personas que en el ejercicio de su labor profesional destaquen en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. DESTINATARIOS/AS Medios de Comunicación (Prensa, Radio y Audiovisuales); Educativo; Deportivo y Publicidad. DOTACIÓN ECONÓMICA
Ambito medios de comunicación: 4.507,66 euros y placa. Ambito educativo: 4.507,66 euros y placa. Ambito deportivo: 4.507,66 euros y placa. Ambito publicidad: Placa y Certificado.
RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2004, de la Directora del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea, por la que se convocan los premios Emakunde para el año 2004. PERSONAS DE CONTACTO
Nombre y apellidos: Libe Agirre Llona Telefono: 945 016714 DOCUMENTACIÓN A APORTAR Ambito medios de comunicación: 1.Prensa: Deberán acompañarse ocho ejemplares o fotocopias de cada artículo o reportaje, especificando título y fecha de publicación. En el caso de que los artículos hayan sido publicados bajo seudónimo, deberá acompañarse certificado de la Dirección de la publicación acreditativa del nombre de la persona autora. 2.Radio: Deberán adjuntarse con la candidatura ocho copias de los guiones de la serie de programas emitidos, ocho copias, en cintas cassette, de los programas presentados tal como fueron emitidos y certificado de la Dirección de la emisora, en el que se acredite el título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador. 3.Medios audiovisuales: Deberán acompañarse a la candidatura ocho copias del original del trabajo y el certificado del medio en el que se difundió, en el que se acredite el título, fecha y hora de emisión, así como composición del equipo realizador. Si se reprodujeran imágenes en primeros planos de personas concretas, se deberá aportar la autorización expresa de la persona o personas cuya imagen se reproduce, siempre que resulte necesario al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Ambito educativo: Ocho copias de los trabajos presentados. Ambito deportivo: Deberán presentar una memoria de la actividad realizada acompañada de los documentos o medios que acrediten dicha actividad o la labor realizada en el campo objeto de esta convocatoria. De la memoria se remitirán ocho copias. Ambito publicidad: Deberán remitirse ocho copias originales de los trabajos presentados en cualquiera de los soportes utilizados (vídeos, carteles, trípticos, etc.) y certificado de la autoría. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 25/06/2004 - 30/09/2004 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES No hay. ÓRGANO QUE RESUELVE Directora del Instituto Vasco de la Mujer.. PLAZO DE RESOLUCIÓN
Antes del 30 de noviembre de 2004. EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución NO pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES No hay. No hay. OBSERVACIONES
No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 25/05/2004 |