Subvenciones para la realización de actividades relacionadas con la información, sensibilización y formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO EMAKUNDE - Instituto Vasco de la Mujer ÓRGANO GESTOR Instituto Vasco de la Mujer OBJETO
Es objeto de la presente Resoluciónn la regulación de las subvenciones a conceder por el Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la realización, durante el año 2002, de proyectos y actividades relacionadas con los fines y objetivos comunes del Instituto y de las Entidades Locales. DESTINATARIOS/AS
Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente Resolución, aquellos Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan aprobado por el Pleno un Programa o Plan Municipal de Acción Positiva que concrete el III PAPME –EGPP, para el desarrollo de las actividades señaladas en el artículo 3 de la presente Resolución. Será necesaria, además, la existencia de aportación económica por parte del Ayuntamiento solicitante para el desarrollo de las actividades objeto de subvención. DOTACIÓN ECONÓMICA
1.– La cuantía individualizada de la subvención se determinará sobre la base de la puntuación asignada en función de los criterios de adjudicación establecidos en el artículo 8, a propuesta de la Comisión de selección. 2.– La cuantía de la subvención no podrá superar el 25% del Presupuesto del ayuntamiento para dichas actividades. Asimismo, la cuantía máxima de la subvención por entidad beneficiaria, no podrá exceder de 4.808,10 euros
RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2002, de la Directora del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea, Emakunde, de adaptación para su aplicación durante el ejercicio 2002 de la resolución por la que se regula la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan aprobados programas o planes municipales de acción positiva, para la realización de actividades relacionadas con la información, sensibilización y formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2001, de la Directora del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea, Emakunde, de adaptación para su aplicación durante el ejercicio 2001 de la Resolución por la que se regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan aprobados programas o planes municipales de acción positiva, para la realización de actividades relacionadas con la información, sensibilización y formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2000, de la Directora del Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea, por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2000, a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan aprobados programas o planes municipales de acción positiva, para la realización de actividades relacionadas con la información, sensibilización y formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. PERSONAS DE CONTACTO DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Datos relativos al Ayuntamiento solicitante, según modelo Anexo I. Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal. Impreso 'Alta de Datos / Tercero Interesado' que se facilitará en este Instituto. Proyecto en el que figure la actividad o actividades a realizar antes del 31 de diciembre de 2002, y que deberá contener como mínimo: una breve justificación y descripción de cada actividad, objetivos, metodología empleada, calendario, indicadores de evaluación, presupuesto desglosado de los gastos previstos, con indicación detallada de la aportación del Ayuntamiento, indicando el área o las áreas que gestiona/n y/o financia/n. Por cada una de las actividades por las que se solicite la subvención será necesario cumplimentar, en su totalidad, el Anexo II Certificación acreditativa de la aprobación por el Pleno del Programa o Plan Municipal de Acción Positiva. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 18/04/02 - 17/05/02 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Instituto Vasco de la Mujer / Emakumearen Euskal Erakundea, C/ Manuel Iradier, 36, (01005) Vitoria-Gasteiz DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES
No se describen ÓRGANO QUE RESUELVE Directora del Instituto Vasco de la Mujer PLAZO DE RESOLUCIÓN 6 meses EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES Anexos I, II y III ( ver normativa reguladora ) No hay OBSERVACIONES No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 17/04/02 |