Ayudas para financiar actividades a realizar en el curso escolar 2004/2005 por las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas de Centros públicos, dependientes del Departamento de Educación y de centros concertados, así como por las Asociaciones de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas de Centros Públicos, dependientes del Departamento de Educación. Todos ellos de niveles no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Educación, Universidades e Investigación

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Innovación Educativa

OBJETO

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas para financiar las actividades extraescolares, entendiéndose por tales aquellas que los centros escolares no pueden atender en su actividad ordinaria

DESTINATARIOS/AS

a) Las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas de los centros públicos, dependientes del Departamento de Educación, o de los centros concertados, de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, constituidas conforme a derecho, cuyos fines se adecúen a lo dispuesto en la vigente normativa y que estén incluidas en el registro correspondiente como tales Asociaciones, que teniendo carácter docente, lo sean de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas, tal como queda establecido en el Decreto 66/1987, de 10 de febrero (BOPV de 7 de abril de 1987), por el que se regulan las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, artículos 6.º y 11.º.
b) Las Asociaciones de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas de los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dependientes del Departamento de Educación, referidas en el artículo 1, constituidas conforme a derecho, cuyos fines se adecúen a lo dispuesto en la vigente normativa y que estén incluidas en el registro correspondiente como tales Asociaciones, que teniendo carácter docente, lo sean de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas.

DOTACIÓN ECONÓMICA

  Las ayudas no podrán superar la cantidad de 645.771.- Euros

ORDEN de 13 de junio de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación  (BOPV 01/09/03)
ORDEN de 31 de marzo de 2004, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación (BOPV 10/05/04)

PERSONAS DE CONTACTO

Nombre y Apellidos: Marisa Rementería
Tef.:945018330
Fax:945018422
E-mail:huisipe5@ej-gv.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

La solicitud, firmada por el Presidente o la Presidenta de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas o, en su caso por el/la de la Asociación de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas
A la solicitud se adjuntarán los siguientes documentos, siguiendo los modelos indicados en el Anexo I de la presente Orden:
a) Documento acreditativo de la representación en virtud de la cual actúa el o la firmante de la solicitud, adjuntándolo al Anexo I de la presente Orden.
b) Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones a que se refiere el artículo 2. Se adjuntará al Anexo I de la presente Orden.
c) Número total de miembros asociados durante el curso 2002/03.
d) Número total de Alumnos y Alumnas matriculados/as en el centro durante el curso escolar 2002/03. En el caso de las Asociaciones de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas, número total de Alumnos y Alumnas matriculados/as durante el curso 2002/03.
e) Número total de Alumnos y Alumnas becarios o becarias durante el curso 2002/03. En el caso de las Asociaciones de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas, número total de Alumnos y Alumnas becarios o becarias durante el curso 2002/03.
Estos datos se especificarán en los espacios destinados para ello según las modalidades que se recogen en el Anexos I de la presente Orden.
f) Acta levantada por el Secretario o la Secretaria del Consejo Escolar, en la que se certifique la aprobación por el citado Consejo Escolar de la solicitud realizada por el Presidente o la Presidenta de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas o de Alumnos y Alumnas de Educación Permanente de Adultos y Adultas, para el desarrollo de las actividades extraescolares propuestas para el curso 2003/2004, siguiendo el modelo que corresponda según el Anexo III de la presente Orden.
g) Relación de actividades y presupuesto para su financiación, siguiendo el modelo indicado en el Anexo IV de esta Orden.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

11/05/2004-10/06/2004

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE ALAVA
J.T. Renovación Pedagógica
C/ San Prudencio, 18, Bajo
01005 Vitoria-Gasteiz

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE BIZKAIA
J.T. Renovación Pedagógica
C/ Gran Vía, 85
48011 Bilbao

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE GIPUZKOA
J.T. Renovación Pedagógica
C/ Andía, 13
2004 Donostia-San Sebastián

También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los o las solicitantes optaran por presentar su solicitud en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada por el funcionario o la funcionaria de Correos, antes de ser certificada.

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

No se describen

ÓRGANO QUE RESUELVE

Viceconsejero/a de Educación

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Seis meses

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

Los que aparecen en los anexos de la propia Orden de Convocatoria.

No hay

OBSERVACIONES

No hay

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 10/05/2004