Ayudas para la edición de libros en euskera destinados a la enseñanza universitaria y/o superior

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Educación, Universidades e Investigación

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Universidades

OBJETO

Fomentar la edición de libros en euskera destinados a la enseñanza universitaria y/o superior, subvencionando los costes mecánicos de la publicación de los libros y, en su caso, de los CD-ROM complementarios de éstos.

Se considera costo mecánico el costo total de la publicación, excluidos los gastos correspondientes a los derechos de autor, conformación temática, redacción, traducción, adaptación y corrección del contenido.

Los proyectos de edición deberán versar sobre trabajos científicos de creación, traducción o adaptación y su publicación estará prevista para una tirada mínima de 500 ejemplares.

DESTINATARIOS/AS

  • Empresas editoriales.
  • Universidades, centros y estructuras universitarias dependientes o adscritos a aquellas.
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro.

DOTACIÓN ECONÓMICA

164.170,00 euros

ORDEN de 25 de marzo de 2004, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que convocan ayudas para la edición de libros en euskera destinados a la enseñanza universitaria y/o superior y se adapta la Orden de 1 de julio de 2003, de aprobación de las normas reguladoras de estas ayudas, para su aplicación durante el ejercicio 2004. (BOPV 01/04/04).

 

ORDEN de 1 de julio de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación.(BOPV 21/07/03).

PERSONAS DE CONTACTO

Nombre y Apellidos: Amparo Otero Hidalgo

Tel.: 945-018304

Fax: 945-018422

E-mail: huiscatd@ej-gv.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1.- Documentación preceptiva referente a la entidad solicitante:

a) Tarjeta de Identificación Fiscal.

b) DNI del representante legal.

c) Documento acreditativo de la representación legal.

d) Documento acreditativo de estar en alta en el impuesto de actividades económicas, epígrafe edición de libros.

 

e) Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de octubre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas. (BOPV de 15/10/91).

f) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

g) Catálogo del fondo editorial, en su caso.


2.- Documentación preceptiva referente al proyecto de edición:

a) Currículum vitae del autor o, en su caso, reseña biográfica del mismo.

b) Un ejemplar de la obra a traducir, cuando la solicitud sea para la traducción de una obra.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

02/04/2004-03/05/2004

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, UNIVERSIDADES E INVESTIGACION
DIRECCION DE UNIVERSIDADES

Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en Álava, Gipuzkoa y Bizkaia o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38-4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

1.- Presentación de solicitudes y documentación preceptiva.

2.- Estudio, evaluación y baremación de los expedientes.

 

3.- Elaboración de la propuesta de Resolución.

4.- Resolución de la convocatoria y notificación individual a los interesados.

5.- Aceptación de las ayudas.

6.- Publicidad de las ayudas concedidas en el Boletín Oficial del País Vasco.

  • Trámites de inicio e instrucción: Dirección de Universidades.
  • Resolución: Viceconsejero de Universidades e Investigación.

ÓRGANO QUE RESUELVE

El Viceconsejero de Universidades e Investigación.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Cinco meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución NO pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

Hay  formulario de solicitud.

No hay.

OBSERVACIONES

El formulario de solicitud, en formato Microsoft WORD, se podrá solicitar por correo electrónico en la dirección huiscatd@ej-gv.es.

También se puede coger, accediendo a la dirección de Internet http://www1.hezkuntza.ej-gv.net/dib5/AyudasLibros_c.htm (información de esta convocatoria expuesta en 'Becas, ayudas y subvenciones/Empresas y Entidades').

 

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 23/04/2004