| Programa de ayudas destinadas a Organizaciones de Consumidores 2004 DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Industria, Comercio y Turismo
Dirección de Consumo
Otorgar ayudas económicas a las Organizaciones de Consumidores del País Vasco que desarrollen actividades dirigidas a la defensa de los consumidores y usuarios, para sufragar los gastos de mantenimiento, de infraestructura y de realización de actividades concretas por parte de estas organizaciones .
- Las Organizaciones de Consumidores que, teniendo como finalidad exclusiva la defensa de consumidores y usuarios del País Vasco, en el momento de entrada en vigor de esta orden se hallen inscritas en el Censo de Organizaciones de Consumidores y su ámbito de actuación incluya la totalidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Las Organizaciones de Consumidores deberán presentar Compromiso de Integración en la red de Centros de Información al Consumidor (CIAC).
Las mencionadas Organizaciones deberán contar con delegaciones en cada Territorio Histórico permaneciendo abiertas al público al menos cuatro horas diarias o veinte semanales, disponer de defensa jurídica y no podrán hallarse incursas en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza.
1. Ayudas destinadas a sufragar los gastos de funcionamiento, mantenimiento, defensa jurídica y demás gastos de infraestructura:
Se destinarán un total de 225.000,00 € . La cuantía máxima por beneficiario será de 90.000,00 €. Las ayudas no podrán ser superiores al 70% del presupuesto aprobado para dicho concepto.
2. Ayudas dirigidas a sufragar los proyectos de consumo:
Se destinarán un total de 255.365,00 €. Las ayudas no podrán ser superiores al 70% del presupuesto aprobado para dicho concepto.
3. Ayudas destinadas a sufragar los gastos de instalación, reforma, ampliación o equipamiento:
Se destinarán un total de 11.555,00 €. Las ayudas no podrán ser superiores al 70% del presupuesto aprobado para dicho concepto
ORDEN de 8 de mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el programa de concesión de ayudas económicas destinadas a Organizaciones de Consumidores del País Vasco.
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2004, de la Viceconsejera de Comercio y Consumo por la que se hace pública la convocatoria de ayudas destinadas a las Organizaciones de Consumidores para el ejercicio 2004.
Se entiende que esta documentación es de necesaria aportación para todas las solicitudes:
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Certificación del Secretario de la Organización en la que conste el número de socios, con especificación de las diversas clases de los mismos, las cuotas recaudadas en el último ejercicio, los socios que se hallen al corriente en el pago de sus cuotas, todo ello a la fecha de la solicitud y las altas y bajas habidas en el último año.
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Certificación del Secretario de la Organización que recoja el compromiso de integración de la asociación en la red de Centros de Información al Consumidor (CIAC)
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Presupuesto de ingresos y gastos correspondiente al año de la convocatoria.
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Descripción detallada del organigrama jerárquico y funcional de la Organización de Consumidores.
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Relación de delegaciones de la Organización existentes, en su caso, en la Comunidad Autónoma de Euskadi con indicación del domicilio de las mismas , personal que las atiende y horario de atención de las mismas.
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Documentación justificativa de las retribuciones correspondientes al año en curso y al anterior.
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Certificado del Secretario en el que se haga constar el equipamiento existente en sus oficinas.
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Número de consultas y reclamaciones atendidas el año anterior y recogidas en la aplicación Kontsumonet, a partir de su puesta en marcha.
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Número de demandas judiciales individuales o colectivas, mediaciones y arbitrajes realizadas durante el año anterior.
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Certificación del Secretario de la participación en Consejos Sectoriales o Consultivos y colaboraciones con Administraciones Públicas o Instituciones Privadas.
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Intervenciones y colaboraciones en medios de comunicación correspondientes al año anterior.
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Un ejemplar de todos las publicaciones y ediciones (folletos, libros, manuales, boletines) publicados el año anterior.
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Memoria de las actividades realizadas durante el ejercicio anterior al de la convocatoria, indicando nº de asistentes y duración de dichas actividades.
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Presentación de justificación relativa a otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin.
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Entidad Financiera, sucursal, titular actualizado y número de cuenta para el Ingreso, en su caso, de la subvención concedida.
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Certificado del Secretario de la Organización que recoja el presupuesto debidamente desglosado de los gastos de funcionamiento e instalación.
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Aquellas Organizaciones que soliciten la ayuda para realización de proyectos de consumo deberán acompañar, además, una Memoria en la que se especifique:
-Objetivos que persigue la actividad para la que se solicita la ayuda.
-Programa de actividades previsto.
-Destinatarios de la actividad y número de beneficiarios de ésta.
-Equipo humano responsable del proyecto e índices de evaluación de éste.
-Entidades colaboradoras, en su caso.
-Lugar, fecha de inicio y duración prevista.
-Presupuesto detallado de gastos, con indicación de las fuentes de financiación.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Será de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente Resolución
LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
GOBIERNO VASCO DIRECCIÓN DE CONSUMO C/Donostia-San Sebastián, 1 01010-VITORIA-GASTEIZ
GOBIERNO VASCO Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Álava Samaniego, 2-4º 01008 VITORIA-GASTEIZ
GOBIERNO VASCO Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Bizkaia General Concha, 23 48010 BILBAO
GOBIERNO VASCO Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Gipuzkoa Easo, 10 20006 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES Dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Desestimatorios
FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución NO pone fín a la vía administrativa
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PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Funcionamiento, mantenimiento, defensa jurídica y demás gastos de infraestructura de Centros y Servicios de las Organizaciones de Consumidores generadosen cada ejercicio.
b) Proyectos de consumo que se lleven a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi en cada ejercicio, que podrán incluir actividades como ejecución de programas de información formación y educación de consumidores y usuarios; realización de encuestas o análisis sobre calidad de bienes y servicios, edición y divulgación de publicaciones de interés para consumidores y relacionadas con la defensa de sus derechos.
c) Instalación, reforma, ampliación o equipamiento de las oficinas de consumo de las Asociaciones de Consumidores.
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Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 02/03/2004 |