Programa de ayudas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios 2004.

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Industria, Comercio y Turismo

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Consumo

OBJETO

Subvencionar:

  • Los gastos de funcionamiento y realización de actividades de información y formación de los consumidores y usuarios, y de edición y divulgación de publicaciones de centros y servicios destinados a Oficinas Municipales de Información al Consumidor.
  • Los gastos derivados de la instalación, reforma, ampliación, equipamiento o cambio de ubicación de centros y servicios destinados a Oficinas Municipales de Información al Consumidor.

DESTINATARIOS/AS

Las Entidades Locales, así como las entidades promovidas por ellas que cuenten con la existencia de servicio de Oficina Municipal de Información al Consumidor.

DOTACIÓN ECONÓMICA


Las ayudas que serán compatibles entre sí, se materializarán en dos modalidades:

1. Ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados del funcionamientoy realización de actividades.
Se destinarán un total de 650.000 €.
Las ayudas serán como máximo del 70% del presupuesto presentado, siendo la cuantía máxima que podrá obtener cada beneficiario de 55.000 €.

2. Ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de la instalación, reforma y equipamiento de las OMICs
Se destinarán un total de 100.000 €.
Las ayudas serán como máximo del 70% del presupuesto presentado.

ORDEN de 30 de junio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la Promoción y Defensa de los Derechos e Intereses de Consumidores y Usuarios.

ORDEN de 16 de abril de 2003, de modificacion de la Orden del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas economicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promocion y defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios.

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2004, de la Viceconsejera de Comercio y Consumo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la Promoción y Defensa de los Derechos e Intereses de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2004.

PERSONAS DE CONTACTO

DIRECCION DE CONSUMO
Donostia-San Sebastian, 1
01010-Vitoria-Gasteiz

Arrate Mtz de Guereñu
Tfno. 945-019924
E-mail: A-MtzGuer@ej-gv.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Certificación del Acuerdo del órgano competente acogiéndose a la ayuda, con expresión de la cantidad exacta solicitada.
  • Certificación del Secretario del Ayuntamiento u Órgano Competente en la que se haga constar el horario en que la Oficina permanece abierta al público para atender las consultas de consumidores y usuarios y para cursar reclamaciones o denuncias que se les presenten, y que será de al menos cuatro horas diarias y veinte semanales.
  • Certificación del Secretario del Ayuntamiento u órgano competente sobre solicitudes de ayuda a otros organismos para las actividades objeto de subvención.
  • En su caso, certificación del Secretario del Ayuntamiento u órgano competente de la existencia del Consejo Sectorial de Consumo y memoria de lo realizado por el mismo en el ejercicio anterior al de la convocatoria.
  • Informe que recoja el número de consultas, reclamaciones y mediaciones realizadas por la OMIC en el ejercicio anterior al de la convocatoria.
  • Memoria pormenorizada de las actividades desarrolladas por la OMIC en el ejercicio anterior al de la convocatoria y proyecto de actividades a desarrollar en el año en curso.
  • Informe que recoja, en su caso, el número de inspecciones realizadas en el año anterior al de la convocatoria, en el que se especificarán los sectores inspeccionados así como los resultados obtenidos.
  • Certificación del Secretario del Ayuntamiento u órgano competente sobre la población existente a 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria, en el Ayuntamiento, Mancomunidad o Área en la que la OMIC desarrolla sus servicios.
  • Presupuesto debidamente desglosado de gastos de funcionamiento y actividades visado por el interventor del Ayuntamiento u órgano competente.
  • Cuando el servicio prestado por la OMIC sea concertado con una Asociación de Consumidores, deberá adjuntarse copia del convenio correspondiente en el que deberá figurar el importe de la contraprestación que la entidad local satisface a la asociación.

Si la ayuda solicitada esta destinada a instalación, reforma, ampliación, equipamiento o cambio de ubicación de centros deberá presentarse además:

1. Presupuesto desglosado visado por el interventor del Ayuntamiento u órgano competente en el caso de que la solicitud sea para equipamiento.

2. Si la solicitud es para instalación, reforma, ampliación o cambio de ubicación:

Certificación del Acuerdo del Órgano competente por el que se aprueba el proyecto correspondiente firmado por el técnico correspondiente, en el que además de garantizar las condiciones de idoneidad del local para una correcta atención al público, se valorará económicamente el coste del proyecto.

En el caso de instalación de una nueva OMIC, además de lo señalado en el párrafo anterior:

a.-El acuerdo del pleno de la Corporación u Órgano competente en el que se decide crear aquélla y el propósito de mantenerla en funcionamiento por un período no inferior a 5 años.

b.- La certificación del órgano competente en la que se recoja el compromiso de integración de la OMIC en la red de Centros de Información y Atención al Consumidor (CIAC).

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES


Un mes a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletin Oficial del País Vasco.

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo en cada Territorio Histórico.

ALAVA
Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Álava
Samaniego, 2-4º
01084 VITORIA-GASTEIZ

BIZKAIA
Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 BILBAO

GIPUZKOA
Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. Oficina Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

No se describen

ÓRGANO QUE RESUELVE

Dirección de Consumo

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución NO pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

No hay

OBSERVACIONES

No hay

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 02/03/2004