Programa de ayudas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios 2004. DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Industria, Comercio y Turismo ÓRGANO GESTOR Dirección de Consumo OBJETO Subvencionar:
DESTINATARIOS/AS
Las Entidades Locales, así como las entidades promovidas por ellas que cuenten con la existencia de servicio de Oficina Municipal de Información al Consumidor. DOTACIÓN ECONÓMICA
Las ayudas que serán compatibles entre sí, se materializarán en dos modalidades: 1. Ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados del funcionamientoy realización de actividades. 2. Ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de la instalación, reforma y equipamiento de las OMICs
ORDEN de 30 de junio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la Promoción y Defensa de los Derechos e Intereses de Consumidores y Usuarios. ORDEN de 16 de abril de 2003, de modificacion de la Orden del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas economicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promocion y defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios. RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2004, de la Viceconsejera de Comercio y Consumo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la Promoción y Defensa de los Derechos e Intereses de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2004. PERSONAS DE CONTACTO DIRECCION DE CONSUMO Arrate Mtz de Guereñu DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Si la ayuda solicitada esta destinada a instalación, reforma, ampliación, equipamiento o cambio de ubicación de centros deberá presentarse además: a.-El acuerdo del pleno de la Corporación u Órgano competente en el que se decide crear aquélla y el propósito de mantenerla en funcionamiento por un período no inferior a 5 años. b.- La certificación del órgano competente en la que se recoja el compromiso de integración de la OMIC en la red de Centros de Información y Atención al Consumidor (CIAC). PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES Un mes a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletin Oficial del País Vasco. LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo en cada Territorio Histórico. ALAVA BIZKAIA GIPUZKOA DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES No se describen ÓRGANO QUE RESUELVE Dirección de Consumo PLAZO DE RESOLUCIÓN
Seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución NO pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES No hay OBSERVACIONES No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 02/03/2004 |