Ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas Cooperantes Voluntarias de la CAV DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Presidencia del Gobierno ÓRGANO GESTOR Dirección de Cooperación al Desarrollo OBJETO Convocar las ayudas a Organismos Internaciones de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas Cooperantes Voluntarias de la Comunidad Autónoma Vasca que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internaciones en países en Vías de Desarrollo DESTINATARIOS/AS Organismos Intrnaciones de Naciones Unidas y personas jurídicas vinculadas a los mismos DOTACIÓN ECONÓMICA 150.000.000.-pesetas, (901.518,16 euros) Resolución de 19 de septiembre de 2000, del Secretario de la Presidencia, por la que se convocan ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas Cooperantes voluntarias de la Comunidad Autónoma Vasca PERSONAS DE CONTACTO Sorkunde Vez DOCUMENTACIÓN A APORTAR Informe de solicitud cumplimentado y la documentación que figura en el Anexo IV (Documentación que ha de aportarse) de la Resolución de 19 de septiembre de 2000 PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 30/09/2000 - 30/10/2000 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Secretaría de Acción Exterior - Presidencia DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES 1.- Corresponderá la resolución de las solicitudes presentadas, a propuesta de la Comisión Gestora del FOCAD, al Secretario de la Presidencia. ÓRGANO QUE RESUELVE Secretario de la Presidencia PLAZO DE RESOLUCIÓN 30 de noviembre de 2000 EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES Resolución de 19 de septiembre de 2000 (BOPV 29/09/2000) Anexo I, Información general. Anexo II, Información sobre la candidatura. Anexo III, Curriculum vitae de la persona cooperante. No hay OBSERVACIONES No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 30/10/00 |