Subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos y certámenes de las áreas artísticas de cine, teatro, danza y música. 2004 DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Cultura ÓRGANO GESTOR Dirección de Creación y Difusión Cultural OBJETO
El objeto de la presente Orden es la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2004 a la organización de Festivales, Ciclos, Concursos y Certámenes en las áreas artísticas de Cine, Teatro, Danza y Música que presenten un elevado grado de especialización y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi. DESTINATARIOS/AS
1. Podrán solicitar subvenciones con arreglo a esta Orden cuantas personas jurídicas, públicas o privadas, realicen actividades o programas en las áreas artísticas a las que se refiere dicha Orden. DOTACIÓN ECONÓMICA
1. Las subvenciones que se concedan con arreglo a la presente Orden lo serán mediante el procedimiento de concurso, de manera que, respetándose el límite máximo de subvención que se establece, tan sólo se seleccione, conforme a los criterios establecidos, un número de beneficiarios que garantice la calidad y viabilidad de las actividades, teniendo en cuenta su dimensión.
ORDEN de la Consejera de Cultura,de 23 de marzo de 2004 por la que se adapta para el 2004 la orden por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos y certámenes de las áreas artísticas de Cine, Teatro, Danza y Música. ORDEN, de 15 de octubre de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos y certámenes de las áreas artísticas de Cine, Teatro, Danza y Música. PERSONAS DE CONTACTO
Arturo García DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Deberán dirigir las solicitudes, según el modelo del anexo de los anexos I, II, III y IV de la orden de 15 de octubre de 2003 junto con la documentación en ellos exigida. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 14/04/2004 - 13/05/2004 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
GOBIERNO VASCO DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES Inicio, Instrucción y Resolución. ÓRGANO QUE RESUELVE Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes. PLAZO DE RESOLUCIÓN La Resolución será dictada y notificada a los interesados en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES No hay No hay OBSERVACIONES No hay. NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 13/04/2004 |