Subvenciones para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas. 2004

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Cultura

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Creación y Difusión Cultural

OBJETO

Es objeto de la presente Orden el establecimiento y regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actividades concretas en el área de las artes plásticas y visuales, a desarrollar durante el año 2004.

DESTINATARIOS/AS

1.– Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta Orden cuantas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de la publicación de la presente Orden, realicen las actividades a las que la misma se refiere.

2.– La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a los beneficiarios/as de éstas quedará condicionado a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se hallen todavía en tramitación.

DOTACIÓN ECONÓMICA

330.550,00 Euros.

ORDEN de 18 de mayo de 2004, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden por la que se establece y regula el régimen de concesión de subvenciones para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas y Visuales.

ORDEN de 28 de octubre de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se establece y regula el régimen de concesión de subvenciones para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas y Visuales.

PERSONAS DE CONTACTO

Arturo García.
Tlf.: 945-01.94.60

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Deberán dirigir las solicitudes, según el modelo de los anexos I, II y III de la Orden de 28 de octubre de 2003 junto con la documentación en ellos exigida.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

05/06/2004 - 05/07/2004

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Gobierno Vasco
Departamento de Cultura
Dirección de Creación y Difusión Cultural
C/ Donostia-San Sebastián 1
01010 Vitoria-Gasteiz

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

Inicio, Instrucción y Resolución.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

La Resolución se notificará en el plazo máximo de dos  meses, a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

No hay

OBSERVACIONES

No hay

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 04/06/2004