Ayudas para giras artísticas DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO Cultura ÓRGANO GESTOR Dirección de Creación y Difusión Cultural OBJETO
Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de otorgamiento de subvenciones para actividades de danza que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2003, en la modalidad de ayudas para giras artísticas. DESTINATARIOS/AS a) Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi. DOTACIÓN ECONÓMICA
15.000,00 Euros.
ORDEN de 23 de julio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de ayudas económicas para la promoción de la Danza. RESOLUCIÓN, de 14 de octubre de 2003, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se nombra a los vocales de la Comisión de Valoración para la concesión de ayudas económicas para la promoción de la Danza y se da publicidad a la composición de dicha Comisión. PERSONAS DE CONTACTO Imanol Arana. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Las solicitudes se formalizarán en el modelo de instancia que figura en los anexo I y IV adjuntándose la documentación en los mismos establecida. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES 12/08/2003 - 15/09/2003 LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE ALAVA SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE BIZKAIA SERVICIO TERRITORIAL DE CULTURA DE GIPUZKOA DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES Inicio, Instrucción y Resolución. ÓRGANO QUE RESUELVE Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes. PLAZO DE RESOLUCIÓN El plazo máximo de duración del procedimiento regulado en esta Orden será de seis meses desde la fecha de entrada en vigor de la misma. EFECTOS DEL SILENCIO Desestimatorios FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA La resolución pone fín a la vía administrativa RECURSOS / RECLAMACIONES No hay No hay OBSERVACIONES No hay NOTA Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. Última modificación: 31/10/2003 |