Subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente

DEPARTAMENTO / ORGANISMO AUTÓNOMO

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

ÓRGANO GESTOR

Dirección de Calidad Ambiental

OBJETO

La concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas a la protección del medio ambiente.

DESTINATARIOS/AS

Cualquier persona fisica o juridica, excepto las Entidades Locales Territoriales, Sociedades Públicas y Entes Públicos de derecho privado.

DOTACIÓN ECONÓMICA

Dos millones seiscientos sesenta y nueve mil novecientos sesenta y cuatro (2.669.964) euros

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59; 27-03-98)

Decreto 91/2002, de 23 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente (BOPV 87; 10-05-02)

 

Orden de 5 de mayo de 2004 del  Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente por la que se establece para el ejercicio 2004 el plazo para la presentación de solicitudes para acogerse a las subvenciones reguladas en el Decreto 91/2002, de 23 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.(BOPV 93 de 19/05/2003)

PERSONAS DE CONTACTO

Tlfno: 945/019875

         945/016966

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Solicitud de subvención
- Fotocopia del CIF o NIF

- Escrituras de constitución de la empresa

- Poder de representación otorgado a favor del solicitante de la subvención debidamente inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, debidamente inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, debidamente acreditado

- Breve descripción de la actividad principal de la empresa y determinación del CNAE referido a dicha actividad

- Descripción del proyecto a abordar, descripción cuantitativa de la mejora ambiental que se pretende, con indicación, en su caso, de las normas y valores que le afecten

- Estudio económico y financiero de la inversión. Determinación del presupuesto. Determinación concreta de los costes de las inversiones adicionales para alcanzar los objetivos de protección ambiental. Determinaci´´on de las ventajas obtenidas de un eventual incremento dela capacidad productiva, previsión de ahorro de costes generados durante los cinco primeros años de vida de la inversión y de las producciones accesorias adicionales durante el mismo periodo de cinco años

- Declaración expresa de las cuantías de las subvenciones que, en su caso, hayan sido solicitadas u otorgadas por otros Entes, para la misma instalación

- Plazo de ejecución de la inversión, incluyendo fechas de inicio y finalización de la ejecución del proyecto a subvencionar

- Certificado de Hacienda acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias

- Certificado acreditataivo del pago de las cuotas de la seguridad social

- Declaración jurada de no hallarse incursa en procedimiento de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza. En el supuesto de haber sido sancionada por faltas graves y muy graves derivadas del incumplimiento de las legislacion medioambiental, declaración jurada de haber ejecutado las medidas correctoras pertinentes y satisfecho la sanción impuesta

- Licencia Municipal de Actividad

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

20/05/2004-19/07/2004

LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE DE ALAVA
C/Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE DE BIZKAIA
Gran Vía, 85
48011 Bilbao

OFICINA TERRITORIAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE DE GIPUZKOA
C/ Infanta Cristina, 11 Villa Begoña
20008 Donostia-San Sebastián

DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES

Informe del Tribunal creado al efecto para la valoración de las solicitudes, que se eleva al

 Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

ÓRGANO QUE RESUELVE

Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Seis meses a contar desde la entrada en vigor de la Orden anual en la que se establezca el plazo para la presentación de solicitudes de subvención

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorios

FÍN DE VÍA ADMINISTRATIVA

La resolución pone fín a la vía administrativa

RECURSOS / RECLAMACIONES

La solicitud de subvención se realizará cumplimentándose el modelo de impreso incorporado en el Anexo de la Orden de 5 de mayo de 2004 del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Descargar Impreso

No hay

OBSERVACIONES

No hay

NOTA

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Última modificación: 23/06/2004